En el último Encuentro Nacional de Rectores, liderado por Ascun, tuvimos la oportunidad de dialogar en torno a la propuesta de Ley Estatutaria de Educación que cursa en el legislativo de nuestra nación para su aprobación.
Conocer desde distintas perspectivas, académicas y jurídicas, lo que esta ley implica para el país y para el sector educativo en particular ha sido una oportunidad para pensar y discernir aspectos tan importantes como el de la autonomía universitaria.
Este ha sido uno de los temas relevantes que en esta etapa de análisis del proyecto de ley, por parte de la comunidad académica y por el mismo cuerpo legislativo, ha llamado la atención y ha puesto en alerta lo que significaría atentar contra este principio que ha hecho posible el desarrollo de la ciencia y la innovación en este país gracias al ambiente de libertad y respeto a la diversidad de la que han gozado las distintas Instituciones de Educación Superior (IES), en el marco de un sistema mixto que le ha dado a Colombia la posibilidad de que hoy tengamos una matrícula significativa y con la calidad respectiva. No soy jurista, pero como educador reconozco que solo en un ambiente de libertad se puede lograr el desarrollo del aprendizaje y la transferencia de este a la sociedad.
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La garantía y la protección del derecho a la educación superior como expresión de defensa del Estado a las libertades y la autodeterminación de las comunidades, las instituciones y las personas, como se concibe en la Constitución Política de 1991, no puede pretender constituirse en el máximo determinante de nuestros campos de actuación y ámbitos de la libertad.
La cuestión central está en ¿qué modelo de educación se quiere para nuestro país? ¿autonomía o control estatal? He aquí el debate que se nos plantea y que no puede terminar en una “entropía filosófica”, colocando en contradicción dos derechos fundamentales para el desarrollo de la educación superior como es el del derecho a la educación y el derecho a la autonomía universitaria, consagrados ambos en la constitución de 1991 y que merecen un reconocimiento de Ley Superior.
El asumir la educación como derecho según lo consagra el artículo 67 de la Constitución Política de 1991, gracias a la existencia de un sistema de educación superior mixto, el país ha pasado de una cobertura educativa en educación superior de 9% en 1992 (educación superior como servicio), a una cobertura de 54% en 2023 (superior al promedio mundial de 40%), también a políticas educativas, leyes, normas y programas de bienestar, becas, subsidios, apoyos internos de las IES, que han favorecido avances de nuestro país en materia de políticas de inclusión, equidad, acciones afirmativas, entre otras.
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Pero también la consagración de la autonomía universitaria en el artículo 69 de la misma Constitución Política dice que “las universidades podrán darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos, de acuerdo con la ley”, ha favorecido el desarrollo de la investigación, el conocimiento y la innovación en nuestro país, pues solo se puede construir conocimiento en libertad. Y hoy sí que esto es más necesario que nunca.
El reconocimiento de la autonomía universitaria como un derecho garantizado no riñe con el derecho fundamental a la educación superior que comprende el acceso, la permanencia y graduación de los estudiantes con enfoque diferencial. Si es verdad que existe una deuda histórica educativa con los sectores más vulnerables de la sociedad colombiana, no es todo responsabilidad de las IES, también es co-responsabilidad del Estado, las familias y la sociedad. En este marco de actuación, se requiere el fomento del Estado no como “controlador” sino como “promotor dinámico” de la oferta y demanda educativa del sistema mixto colombiano.