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Comunicado RUCC: Nada de lo humano nos es ajeno, mucho menos la vida

Comunicado RUCC: Nada de lo humano nos es ajeno, mucho menos la vida

23 de febrero de 2022

La Red de Universidades Católicas de Colombia (RUCC), manifiesta su preocupación por la reciente despenalización parcial del aborto en Colombia antes de las 24 semanas de gestación. Promoviendo las libertades de expresión, opinión, cátedra e investigación, presentamos las siguientes reflexiones que dan que pensar:

  1. En una decisión controversial de la Corte Constitucional adoptada mediante 5 votos a favor y 4 en contra, se despenalizó el aborto en Colombia antes de la semana 24 de gestación. La sentencia de la Corte pone en entredicho los principios democráticos y de separación de poderes sobre los cuales se funda el Estado Social de Derecho. A nuestro juicio, es el Congreso de la República el órgano llamado a buscar amplios consensos a nivel nacional sobre asuntos especialmente complejos por sus implicaciones sociales.
  2. La decisión judicial fomenta la inseguridad jurídica y desinstitucionaliza la labor de la propia Corte Constitucional, que, a través de su jurisprudencia, había considerado concluido el debate mediante la consagración de tres causales excepcionales en las que se permitía el aborto.
  3. La decisión de la Corte Constitucional relativiza el derecho a la vida, cuya protección jurídica, moral y médica, inicia como lo reconoce el propio Tribunal, desde la gestación. A lo largo de la historia, los diferentes intentos por relativizar la vida han mostrado consecuencias nefastas para la humanidad. Así, consideramos que esta decisión, en términos antropológicos, legitima el feticidio como conducta socialmente permitida al reconocer el aborto como un derecho absoluto antes de las 24 semanas de gestación.
  4. La polémica decisión judicial promueve la cultura de la muerte en perjuicio de aquellos que están privados de toda capacidad de defensa. Los niños y niñas en gestación, lejos de ser tratados como sujetos de derechos, corren el riesgo de ser reducidos a objetos de consumo y descarte. Esto llama profundamente la atención de una sociedad que, anhelando la paz, necesita reconstruir el sentido de la vida, lo cual debería comenzar con la protección de los más inocentes y vulnerables, quienes son tratados, en esta ocasión, como enemigos sin derechos.
  5. La decisión judicial, en su ponderación, omite considerar que los niños y niñas son sujetos de especial protección constitucional, con derechos prevalentes a la vida, la salud, la dignidad y la personalidad jurídica. Asimismo, en relación con los niños y niñas que han nacido, la decisión judicial establece un parámetro de discriminación al definir un plazo a partir del cual se merece protección por parte del derecho.
  6. Con esta polémica decisión adoptada por cinco magistrados, Colombia es uno de los pocos países que permiten el aborto sin límites antes de las 24 semanas de gestación; lo cual es inconcebible cuando se trata de defender el derecho inviolable a la vida. La decisión judicial confunde el concepto de vida con su viabilidad extrauterina. El criterio de autonomía utilizado para diferenciar el plazo en el que es permitido el aborto sin límites resulta científicamente problemático por diferentes razones. En primer lugar, entre las semanas 7 y 12 de gestación existe certeza sobre la sensibilidad al dolor por parte de los niños y niñas en gestación. Por ende, llama la atención que la propia jurisprudencia de la Corte Constitucional reconozca protección jurídica a otros seres y entes sintientes que carecen de personalidad jurídica. En segundo lugar, existe evidencia clínica que la práctica del aborto antes de la semana 24 de gestación puede, también, poner en riesgo la vida y salud de la madre, incluso en condiciones de atención óptimas. En tercer lugar, permitir el aborto hasta la semana 24 desconoce la probabilidad, hasta del 30% en países como Colombia, del nacimiento de un feto viable, al que el ejercicio médico obliga a atender integralmente, en lugar de esperar su muerte.

 

Finalmente, como Red de Universidades Católicas de Colombia recordamos que la vida, desde su concepción, es un valor absoluto sobre el cual se afincan todos los demás derechos y, por ende, como lo establece la Constitución Política de 1991: “el derecho a la vida es inviolable”. La RUCC hace un llamado al Congreso de la República para que, como ha ocurrido en otros países, busque un consenso democrático que permita reglamentar la objeción de conciencia institucional, de modo que se dé continuidad a los servicios asistenciales de ginecobstetricia por parte de las instituciones que trabajan por la defensa de la vida en todas sus dimensiones. También, insta a los profesionales de la salud para que bajo el juramento hipocrático protejan la vida desde su concepción.

Nada de lo humano nos es ajeno, mucho menos la vida

 

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