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Fondo para el desarrollo de tecnologías o alistamiento de tecnologías

Fondo para el desarrollo o alistamiento de tecnologías

Objetivo del Fondo

¿A quiénes está dirigido?

El fondo está dirigido a docentes, investigadores, estudiantes o administrativos que hayan desarrollado actividades de I+D+I+C con las siguientes condiciones:

  • Que tengan como resultados productos susceptibles de protección intelectual que requieran financiación para su respectivo registro.
  • Que necesiten desarrollar productos mínimos viables o prototipos de productos cuyas solicitudes de patente hayan pasado el examen de forma ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).
  • Que requieran financiar aspectos puntuales de desarrollo tecnológico que tengan como finalidad la creación de un producto innovador.
  • Que esten interesados en la comercialización de productos resultados de investigación o la creación de spin-off o start-up.

Objetivo del Fondo

Promover la madurez tecnológica de los productos resultado de I+D+i+C o de propuestas de alto valor tecnológico o en proceso de registro ante la SIC, a fin de alcanzar sus mayores niveles de alistamiento que permitan su producción industrial o comercialización (TRL 7 – TRL 9) y, así, potenciar el proceso de transferencia de conocimiento y tecnología, bien sea a través del licenciamiento de productos o de la creación de Spin-offs.


Productos esperados

Al finalizar, las solicitudes aprobadas deberán entregar, como mínimo, los siguientes productos:

  • Un estudio preliminar de validación comercial del producto bien sea por fuentes primarias o secundarias.
  • Un modelo canvas debidamente fundamentado.
  • Un producto mínimo viable en un nivel de TRL 6 o superior.
  • Una presentación del pitch comercial del producto.

Nota: En el caso de productos postulados para la gestión de registro de propiedad intelectual, estos deben presentar como mínimo una memoria descriptiva sus respectivos soportes (bocetos).

Se financiaran propuestas por un máximo de 10 millones de pesos cada uno, hasta agotar los recursos disponibles para 2024.

 

Los recursos pueden emplearse para financiar:

 

  • Compra de materiales.
  • Pruebas de laboratorio.
  • Diseño de productos.
  • Diseño y edición de manual de operaciones.
  • Fabricación de piezas y productos.
  • Diseño de empaques.
  • Cumplimiento de normas técnicas.
  • Obtención de certificaciones.
  • Validación comercial de producto.
  • Desarrollo de software (Previa presentación de los servicios requeridos y entregables esperados). Incluye hosting y dominio.
  • Asistencia técnica (orden de servicio).
  • Personal técnico especializado en propiedad intelectual (persona natural o jurídica).
  • Pagos ante la SIC u otros organismos de reconocimiento de derechos de propiedad intelectual nacional o internacional.
  • Costos de exposiciones o eventos para promover tecnologías.

 

El fondo no cubre los siguientes ítems:

 

  • Publicación de artículos, cartillas, libro o contenido editorial.
  • Contratación de personal.
  • Viajes.
  • Alquiler de espacios.

Las solicitudes tendrán un periodo de ejecución de entre tres y seis meses, contados desde la aprobación del presupuesto, de acuerdo con la complejidad de la solicitud y según las sugerencias realizadas por la Subdirección.

Las solicitudes serán avaladas por la respectiva rectoría de UNIMINUTO y, luego, serán evaluadas y aprobadas por la Subdirección quienes verificarán el cumplimiento de los requisitos, el potencial de los productos para alcanzar su objetivo y sus proyecciones en la generación de valor para la sociedad.

Las solicitudes que pretenden financiación para el registro de la propiedad intelectual se comprometen a ceder los derechos patrimoniales a favor de la Corporación Universitaria Minuto de Dios – UNIMINUTO, en el caso que sea compartida la titularidad con otras entidades, se anexarán los convenios o contratos que así lo indiquen.

 

Las solicitudes que tengan un proceso ya radicado ante la SIC, y que hayan pasado favorablemente el examen de forma, deben tener a UNIMINUTO como titular de los derechos patrimoniales, según el numeral 4. Así mismo, aquellos resultados de proyectos de I+D+i+C o propuestas tecnológicas con alto contenido innovador, deberán ceder los derechos de propiedad de dichos productos a nombre de UNIMINUTO.

 

Llamamos propuestas de alto contenido innovador a aquellas que no siendo resultado de procesos de I+D+i+C, pueden justificar su carácter inventivo y novedoso, y que, por ende, son susceptibles de alguna modalidad de protección intelectual.

Las solicitudes de recursos de financiación serán dirigidas a la dirección o coordinación de investigaciones de cada Rectoría, según el caso, en el formulario previsto para ello. Una vez revisadas y aprobadas las propuestas por las sedes, estas serán escaladas a la subdirección de transferencia de conocimiento y tecnología para su correspondiente revisión y asignación de recursos.

La dirección o coordinación de Investigaciones de la Rectoría será responsable de supervisar la ejecución de la solicitud aprobada, la asignación y el manejo de los tiempos de los investigadores.

 

Cada tres meses, la dirección o coordinación de investigación de Rectoría, remitirá un informe a la Subdirección de Transferencia de Conocimiento y Tecnología sobre los avances y/o cumplimiento de la solicitud realizada.

 

Nota: Algunas actividades o servicios pueden subcontratarse, por lo que no deben cargarse a los tiempos de los investigadores.

Documentos